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Compraventa de vehículo automotor.

Foto del escritor: AdminAdmin

Actualizado: 24 ene

                  

                           ¿Qué es la compraventa?

La compraventa de vehículo automotor es un proceso legalmente que consiste en la transferencia de propiedad de un vehículo de un individuo a otro. En este proceso, la intervención de un escribano se vuelve fundamental para asegurar que todos los aspectos legales estén adecuados los documentados y que ambas partes estén protegidas.

                              ¿Quién interviene?

El escribano desempeña un papel importante en la compraventa de automotor, actuando como un agente imparcial y experto en la redacción y autenticación de los documentos legales asociados. Este profesional del derecho tiene la autoridad para dar forma y autenticidad a contratos, certificar firmas y verificar la legitimidad de los títulos automotores involucrados en la transacción.

Lo primordial es consultar con nuestro escribano de confianza, quien nos solicitara una foto o fotocopia de la libreta de propiedad del vehículo.

                       ¿Qué documentos solicito?

Luego necesitara los títulos de propiedad para su estudio y así poder solicitar la información al Registro correspondiente.

                       ¿Qué certificado se solicita?

Asimismo, se solicitará certificados que acrediten que el vehículo no registra adeudos por patente, multas, libretas omitidas, caminera, etc.

                        ¿Qué entrega el vendedor?

El vendedor deberá suministrar el Seguro Obligatorio Automotor (SOA). Con relación a la parte vendedora, como hemos dicho, deberá suministrar la documentación del vehículo, el SOA y en caso de ser contribuyente al BPS se le solicitará certificado único que acredite que se encuentra al día en el pago; si la parte vendedora es una persona jurídica (S.A., S.R.L., etc.) se solicitarán los Estatutos de su constitución, libros de actas de Asamblea y Directorio, etc.; y por último en materia de documentación, si la parte vendedora es contribuyente del  IRAE o IMEBA, se solicitará el Certificado Único Departamental (CUD). Para expedir el CUD la Intendencia exigirá que el automotor esté a nombre de la parte vendedora

                        ¿Cómo es el proceso?

 Con toda la información recopilada y verificada, se realizará la escritura de compraventa del vehículo frente al escribano. El vendedor recibe el precio y entrega el vehículo, mientras que el comprador paga el precio y recibe el vehículo.

          ¿Qué debe realizar después el comprador?

 Luego de la compraventa, el comprador debería realizar la transferencia municipal para desvincular al vendedor del vehículo. Este cambio de propiedad es crucial y debe hacerse correctamente para evitar futuros problemas legales. Esta puede realizarse en escritura pública en el protocolo del escribano o en documento privado con firmas certificadas y protocolizado.

                             ¿Dónde se inscribe?

Luego el escribano deberá inscribir en el Registro de la Propiedad Mueble, la primera copia de la escritura o el primer testimonio, según corresponda.

                      ¿Qué obtengo como comprador?

Y por último una vez inscripto el título de propiedad del vehículo, se expide primera copia o primer testimonio según que corresponda para el comprador, quien adquiere así la titularidad del automóvil.

La documentación necesaria para la compra de vehículo automotor:

I)             Los títulos del vehículo: que acrediten que el vendedor es el propietario actual, y en caso necesario, los títulos de los anteriores propietarios.

II)            Documento de Identidad: Se requiere la cédula de identidad del vendedor. En el caso de bienes gananciales, se necesita la cédula de identidad del cónyuge.

III)         Seguro obligatorio automotriz vigente (SOA)

IV)        Certificado de BPS vigente: Si el vendedor es contribuyente al BPS.

V)           Certificado único departamental: Si el vendedor aporta al IRAE o IMEBA

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